EL PLAN NACIONAL DE
TELECOMUNICACIONES.
El Plan Nacional de Telecomunicaciones "con alcances a
largo plazo para ser consolidados en un período de doce
años, pasando por el mediano plazo y comenzando por metas
claramente establecidas a corto plazo". (CONAPRI, Venezuela,
Agosto 2000: p.4).
El plan contiene lineamientos generales que orientan y
apoyan el crecimiento y fortalecimiento del Sector de
Telecomunicaciones, enmarcado dentro de la estrategia de
desarrollo
nacional con la participación activa del sector privado.
Formular iniciativas para hacer del Estado un
usuario intensivo de la Red y un importante
generador de contenidos.
Establece tres períodos:
Alcance a largo plazo (12 años o
más):
- -Brindar a cada ciudadano la posibilidad de acceso a
un equipo terminal. - -Establecer una economía
sólida bajo un modelo de
producción competitivo basado en el uso
de la información. - -Disponer de una infraestructura de investigación y desarrollo
tecnológico en Telecomunicaciones. - -Estar en capacidad de exportar bienes y
servicios de
telecomunicaciones para sustentar el desarrollo
interno. - -Consolidar el liderazgo
regional y convertir a Venezuela en el centro de negocios de
telecomunicaciones de la Comunidad
Andina y el Caribe. - -Disponer de una red integrada y
conectada con el mundo entero, donde el acceso a la
información debe ser de uso masivo. - -Aplicar eficazmente los beneficios de las
telecomunicaciones en todos los ámbitos. - -Ser un país activo dentro de la Sociedad del
Conocimiento, capaz de generar y compartir
información. - -Divulgar contenidos que representen la cultura,
valores y
tradiciones nacionales.
Alcance y metas a mediano plazo (6
años):
- -Educar al usuario. Todo usuario debe conocer sus
derechos y
deberes antes de contratar un servicio
específico. Todo ciudadano debe tener la posibilidad de
informarse desde su casa o lugar de trabajo
sobre las condiciones como se ofrecen los
servicios. - -Consolidar las Asociaciones de Usuarios. Todo
servicio con orientación al mercado
residencial debe tener por lo menos una asociación de
usuarios con capacidad de divulgación y
participación, registrada y oficializada en
CONATEL. - -Ofrecer servicios de alta calidad. Lograr
que ningún servicio tenga menos del 70% de
aprobación en la opinión de los usuarios. Contar
con un reglamento de calidad de los servicios de
telecomunicaciones. - -Promover el Desarrollo de la Infraestructura
Nacional de Información. Todo organismo público
deberá ofrecer información por esta
infraestructura. El 80% de los trámites administrativos
públicos se realizarán por la Red; y el 50% de
las transacciones del Estado podrán efectuarse
vía electrónica. - -Consolidar la competencia en
todos los servicios. Lograr que el gasto promedio para
satisfacer los requerimientos de acceso y comunicación no exceda el 10% del
costo de la
canasta básica. El usuario deberá tener
más de una opción por servicio. - -Crear incentivos para
la aplicación de tecnologías convergentes. Tasas
impositivas especiales para la importación y comercialización de tecnologías
que demuestren ser convergentes. - -Poseer un Servicio Universal en funcionamiento. El
75% de la población desasistida tendrá
acceso a servicios de telecomunicaciones en su
localidad. - -Establecer políticas que generen contenido nacional.
Disponer de 100.000 "web sites"
instalados en el país referidos a contenidos
nacionales. - -Incentivar el uso de Internet a
todos los niveles. Todos deben estar informados sobre esta
herramienta sin importar los niveles educativos, sociales,
profesionales y generacionales. Lograr una penetración
del 15% de la población en general. Apoyar la oferta de la
tarifa plana para el acceso. - -Ofrecer ventajas competitivas y comparativas a las
empresas
interesadas en invertir en el país. Poseer la mejor
relación bits transmitidos/Bolívar de la región. Incentivos
fiscales y créditos para las iniciativas e ideas
emprendedoras y producir por lo menos 500 empresas exitosas
basadas en el uso de Internet. - -Facilitar el acceso a bases de datos
especializadas para apoyar el sector productivo. Propiciar la
creación de bases de datos por cada
área productiva, (manufactura,
agricultura,
servicios, etc.) con acceso a nivel nacional. - -Aplicar en forma eficaz las telecomunicaciones en
las áreas prioritarias; salud, educación y seguridad.
Cada una de estas áreas deberá ofrecer servicios
e información a través de sistemas
móviles y fijos. Conceptos como Tele-medicina y
Tele-educación serán aplicados en por lo menos
una institución a nivel nacional. - -Convertir a Venezuela en el centro latinoamericano
de capacitación y asesoría en
materia de
telecomunicaciones. Ser reconocidos a nivel mundial por el
prestigio del recurso humano nacional y estar en capacidad de
apoyar a todos los países latinoamericanos en materia de
telecomunicaciones. - -Promover educación a todo nivel y durante
toda la vida. Asesorar a los organismos competentes para que el
50% de la información relacionada con los programas de
educación formal estén digitalizados y a la
disposición en la red. Todas las bibliotecas
e instituciones educacionales deben contar con
salas de acceso a Internet. - -Mejorar la calidad de
vida a través del acceso a los servicios de
telecomunicaciones. No deberá existir ninguna
población con más de 500 habitantes sin
posibilidad de comunicarse. El 80% de la población
podrá acceder por lo menos a un servicio de
telecomunicaciones. Debe ser de acceso público la
información sobre las opciones de esparcimiento,
oportunidades de trabajo y medios de
reclamo, para permitir la relación constante y directa
de los ciudadanos con los entes públicos y
privados. - -Contar con mecanismos logísticos
centralizados de telecomunicaciones que obedezcan a un plan
único de fácil activación ante la
presencia de catástrofes y emergencias nacionales.
Después de declarar estado de emergencia se debe
ensamblar en menos de una hora el sistema
nacional de telecomunicación de emergencia. Y debe dar
respuesta e instrucciones a cada persona que lo
requiera. Todo ciudadano debe estar informado sobre las formas
de acceder a este servicio. - -Poseer un servicio Celular de 3era
Generación en funcionamiento. Se proveerá
servicios de Video, Voz y
Datos a través de los terminales móviles
pertenecientes a estas tecnologías. - -Generar incentivos gubernamentales para el acceso
final. Creación de la concesión de
Multi-Servicios Interactivos. Apoyar el ingreso de nuevas
tecnologías inalámbricas. - -Disponer de portabilidad numérica en
servicios de voz. En las cinco (5) áreas locales con
mayor tráfico, sin importar la empresa
operadora ni el tipo de red, el usuario siempre tendrá
el mismo número telefónico. - -Consolidar un ente regulador fortalecido e
Independiente. Afianzar un organismo independiente con un alto
nivel técnico y deberá garantizar que el personal de la
institución tenga la posibilidad de alcanzar un
crecimiento laboral
ascendente.
Metas a corto plazo (1 año).
- -Promulgar el Decreto sobre la Internet como servicio
prioritario para el desarrollo nacional. - -Promulgar el Decreto para la creación de la
Infraestructura Nacional de la Información. - -Definir los grupos y planes
de trabajo para desarrollar los objetivos en
telecomunicaciones dentro de los Planes Sectoriales de cada
Ministerio. - -Poner en marcha el Plan de Emisoras
Fronterizas. - -Apoyar la creación de la empresa de
satélites de la Comunidad
Andina (BolívarSat) en Venezuela. - -Aprobar la nueva Ley de
Telecomunicaciones. - -Crear el Centro de Desarrollo y Educación de
Telecomunicaciones (CEDETEL). - -Definir el modelo de apertura del servicio
telefónico. - -Subastar nuevas bandas para tecnologías
emergentes (LMDS). - -Presentar un plan conjunto con la empresa privada
para el desarrollo de los servicios de telecomunicaciones en
los nuevos centros poblados. - -Definir el programa de
educación e información sobre el uso y
aplicación de Internet. - -Aprobar el marco jurídico para el Comercio
Electrónico. - -Subastar nuevas bandas para tecnologías
emergentes (WLL). - -Recibir la Presidencia del Comité Andino de
Autoridades de Telecomunicaciones (CAATEL). - -Definir el Proyecto de
"Combo" de Acceso a Internet, en conjunto con las empresas
privadas proveedoras de computadoras
y de servicios. - -Definir el modelo de los Telecentros de Servicios
Comunitarios de Telecomunicaciones e inicio del Centro
Piloto. - -Impulsar la expansión de los Servicios de
Telecomunicaciones hacia los ejes de desarrollo. - -Aprobar los Reglamentos de Interconexión,
Portabilidad Numérica, Modelo Tarifario y Calidad de
Servicio. - -Aprobar el Plan de Telecomunicaciones para
contingencias. - -Elaborar estadística única de
infraestructura de telecomunicaciones. - -Instalar y hacer pruebas del
Sistema Automatizado de Administración y Gestión del Espectro
Radioeléctrico (SAAGER). - -Crear el Fondo Nacional para el Desarrollo del
Servicio Universal. - -Ejecutar la apertura del servicio
telefónico. - -Aprobar los objetivos en telecomunicaciones dentro
de los Planes Sectoriales de cada Ministerio. - -Alcanzar el 80% de digitalización de la red
telefónica. - -Llegar a 5.000.000 usuarios en el servicio
celular. - -El 50% de las informaciones generadas por los
organismos del Estado para el público en general
estarán en Internet y 20% de los trámites con el
Gobierno
podrán realizarse por medios
telemáticos. - -Presentar un plan
estratégico para el desarrollo de la TV
nacional. - -Definir el modelo de TV y Radio
digital. - -30 estaciones fronterizas instaladas.
En este mismo sentido, el país posee amplias
ventajas potenciales en materia comunicacional, ya
que:
- 88 millardos de bolívares fue la inversión total en 1995 para el
área de telecomunicaciones y en 1999 Bs. 630,8
millardos. - Un millardo de dólares ha sido el rango
constante de inversión en los últimos dos
años. - 12 millardos de bolívares fue la
inversión en telefonía rural en 1997. Sigue siendo la
cenicienta del sector de telecomunicaciones. En 1999 fue de Bs.
6,7 millardos. - 1998 es el año más importante para la
inversión en la red básica con 288 millardos de
bolívares, frente a los 52 millardos en
1995. - 238 millardos de bolívares fue la
inversión 'dura' que se hizo en servicio de
satélites en 1996. - Posee la penetración de telefonía
celular más alta de la región, con un
índice superior a 20%, lo cual sobrepasa a países
más desarrollados económicamente y con mayor
densidad de
población, como Brasil y
México. 7.000 teléfonos celulares
existían en 1991 y hoy 5 millones. - Entre 1991 y 1999 se han invertido alrededor de 7
millardos de dólares en el sector de
telecomunicaciones - 3,5 millones de líneas telefónicas
fijas están instaladas en Venezuela. - 80 mil teléfonos públicos se han
instalado durante el monopolio de
la CANTV. - 1.700 millones son los ingresos
anuales estimados por concepto de
telefonía fija para CANTV. - 43 millardos de dólares son los ingresos
estimados por CONATEL para la nación durante los próximos seis
años. - Tendrá la mayor tasa de crecimiento de
comercio electrónico en América
Latina, entre los años 2000 y 2003. - Hay un fortísimo interés
empresarial en la subasta de concesiones para la
prestación de servicios de telefonía
inalámbrica. - El producto interno
bruto sectorial de comunicaciones ha crecido a una tasa sostenida
de entre 13% y 27% en la última década, llegando
a 14,7% en el tercer trimestre de este año.
Con la apertura total del sector de las
telecomunicaciones, Venezuela avanza hacia la sociedad del
conocimiento, y al mismo tiempo
promueve el progreso social, económico y
tecnológico. La entrada de nuevas empresas operadoras de
servicios de telecomunicaciones, aunada a la actuación en
el ámbito internacional en el ejercicio de la presidencia
del Comité Andino de Autoridades de Telecomunicaciones
(CAATEL), la membresía en la Directiva de la Unión
Internacional de Telecomunicaciones (UIT) y el desarrollo del
proyecto satelital Simón Bolívar, permitirá
a Venezuela posicionarse en los mercados
internacionales para convertirse en líder
regional de las telecomunicaciones. La apertura de las
telecomunicaciones se manifestaría en beneficios medibles
para el país:
- La penetración de la telefonía
básica ascendería a 20% en 2003. Actualmente, se
encuentra en 14%, 5 puntos por debajo de la media de los
países en desarrollo. - 100% de la población comenzará a tener
acceso al servicio de telefonía básica. Se
hará especial énfasis en las zonas
rurales. - 80% de la población tendrá acceso a por
lo menos un servicio de telecomunicaciones. La prioridad es
para el segmento básico, pero se promoverá
también el acceso a la superautopista. - Por lo menos 15% de la población
deberá, en el mediano plazo, contar con acceso a
Internet. - En 2006, 50% de las transacciones gubernamentales se
realizarán vía Internet. - El consumidor
podrá moldear la oferta de 80% de los servicios de
telecomunicaciones al término de 12 años. Es
decir, podrá expresar su opinión sobre
cuáles son los servicios que requiere, y el
pronunciamiento deberá ser recogido por las
operadoras. - El tope del gasto promedio de los abonados, para
acceder y disfrutar de los servicios, será de 10% de la
canasta básica. - En menos de 3 años se crearán 100.000
sitios de Internet con contenidos nacionales. - Por lo menos 500 nuevas compañías se
incorporarán a las transacciones
electrónicas.
Régimen jurídico de las habitaciones
para el uso y explotación del espectro
radioeléctrico a la luz de la entrada
en vigencia de la ley orgánica de
telecomunicaciones.
1. Principios
generales.
El artículo 5 de la LOT
dispone que «(…) el establecimiento o
explotación de redes de telecomunicaciones,
así como la prestación de servicios de
telecomunicaciones se consideran actividades de interés
general, para cuyo ejercicio se requerirá la
obtención previa de la correspondiente habilitación
administrativa y concesión de ser necesaria, en los casos
y condiciones que establece la ley, los reglamentos y las
Condiciones Generales que al efecto establezca la Comisión
Nacional de Telecomunicaciones (…)».
Conviene precisar, como punto previo, los siguientes
principios generales:
1.1 Naturaleza
jurídica.
La LOT deroga la reserva que existía sobre todas
las actividades de telecomunicaciones, lo que se traduce en una
despublificación de este sector de la economía,
desde que se elimina la titularidad pública de las
Telecomunicaciones las cuales ahora pasan a ser de titularidad
del sector privado.
Ahora bien, debe tenerse en cuenta que la naturaleza
jurídica de los "títulos habilitantes" a los
cuales se refiere la LOT, se determina en atención a lo siguiente: si las
telecomunicaciones son actividades explotables a través
del ejercicio de la libertad de
empresa, debe descartarse que tales "títulos" sean
concesiones, pues éstas sólo son extensibles a las
actividades reservadas por el Estado.
De allí que los "títulos habilitantes" son
autorizaciones administrativas, entendidas como el acto a
través del cual la
Administración habilita a una persona física o
jurídica, privada o pública, para ejercer un
poder
jurídico o derecho preexistente (Cfr. Sayagues Lazo,
Enrique, Tratado de Derecho Administrativo, Tomo I,
Montevideo, 1959, págs. 388 – 431).
En este mismo sentido se ha expresado Araujo Juarez,
para quien las habilitaciones administrativas son aquellos actos
de la Administración que hace posible que una
persona ejerza un derecho o un poder que de antemano le
pertenecía, pero para cuyo ejercicio existía un
obstáculo legal. (Cfr. Araujo Juarez, José,
Principios Generales del Derecho
Administrativo Formal, Barcelona, pp. 271 – 287).
En consecuencia, es claro que la autorización –a
diferencia de la concesión- no otorga ningún
derecho, puesto que éste era preexistente en la esfera
jurídico subjetiva del particular, siendo la
autorización un mero formalismo para el ejercicio del
derecho. Hay entonces, en teoría,
una transformación importante del título
jurídico, en virtud del cual se explota las
Telecomunicaciones como servicios
públicos liberalizados. Como se ha advertido, en el
régimen tradicional de las telecomunicaciones no puede
hablarse del "derecho a la prestación de
servicios", dados los efectos constitutivos de la
concesión.
Por el contrario, luego de la liberalización, el
derecho preexiste al título que habilita para ejercitar la
actividad de que se trate. También se ha pronunciado en
este sentido José Luis Villar Ezcurra, según el
cual "…al desaparecer la publicatio de actividades deja de
tener sentido la concesión como título habilitante
y, en su lugar (…) [se] acude a la técnica
autorizatoria…". Lo anterior no obsta a que los particulares,
cuando deseen explotar actividades de telecomunicaciones que
requieran el uso del espacio radioeléctrico, deban obtener
previamente una concesión, además de la
autorización correspondiente. La concesión,
insistimos, no deriva de la reserva de la actividad, sino del
carácter de bien del dominio
público del espacio radioeléctrico. Estos
principios eran respetados en el Proyecto elaborado por CONATEL,
cuyo artículo 16 preveía lo siguiente:
"…La habilitación
administrativa es el título que otorga el Ejecutivo
Nacional, por órgano de la Comisión Nacional de
Telecomunicaciones para el establecimiento y explotación
de redes y para la prestación de servicios de
telecomunicaciones, a quienes hayan cumplido con los requisitos y
condiciones que a tales fines establezca dicho órgano, de
conformidad con esta Ley. Las actividades y servicios concretos
que podrán prestarse bajo el amparo de una
habilitación administrativa se denominarán
atributos de la habilitación administrativa.
En los casos en que se requiera el uso del espectro
radioeléctrico el operador deberá obtener
además la correspondiente concesión…".
Era clara, conforme esa norma, que las habilitaciones
administrativas eran actos autorizatorios, pues preexistía
el derecho de explotación de actividades de
telecomunicaciones. Disposiciones como la transcrita evidenciaban
que tanto la idea del legislador como la expresada
intención del proyectista y el nuevo régimen de las
telecomunicaciones acogido en el Proyecto de la LOT, estaban
orientados a dar un cambio
sustancial respecto del régimen de telecomunicaciones
anterior. Sin embargo, es menester señalar que la idea de
apertura propugnada se intentó disminuir en las
deliberaciones efectuadas en el Congresillo, dada la resistencia de
ciertos sectores a los cambios que se intentaban efectuar. Ello
trajo como consecuencia una no muy clara, antes bien, bastante
confusa forma de plasmar la apertura propugnada a través
de reglamentaciones que traslucen resistencia a esta nueva y
moderna concepción de las telecomunicaciones. Evidencia de
ello lo encontramos en el cambio radical que dio la LOT en lo que
respecta a la habilitación administrativa, cuyo
artículo 16 señala lo siguiente:
"… La habilitación administrativa es el
título que otorga la Comisión Nacional de
Telecomunicaciones para el establecimiento y explotación
de redes y para la prestación de servicios de
telecomunicaciones, a quienes hayan cumplido con los requisitos y
condiciones que a tales fines establezca dicho órgano, de
conformidad con esta Ley. Las actividades y servicios concretos
que podrán prestarse bajo el amparo de una
habilitación administrativa se denominarán
atributos de la habilitación administrativa, los cuales
otorgan los derechos y deberes inherentes a la actividad para la
cual ha sido habilitado el operador, de conformidad con lo
establecido en los artículos 14 y 15 de esta
Ley.
En los casos en que se requiera el uso del espectro
radioeléctrico, el operador deberá obtener
además la correspondiente concesión …"
(subrayado nuestro).
Nótese, cómo según el
artículo 16 de la LOT, las "habilitaciones
administrativas" que otorgue CONATEL, contienen atributos que
otorgan los derechos inherentes a la actividad para la cual ha
sido habilitado el operador. De allí que, en una interpretación literal de esa norma, la
habilitación concede u otorga derechos, por lo que no
se trataría ya formalmente de una autorización,
sino de una concesión. Las consecuencias de la
interpretación literal del artículo 16 son las
siguientes:
- Se consagra el carácter constitutivo de la
habilitación. De allí que, a diferencia de lo
expuesto por nosotros, no preexiste en las Telecomunicaciones,
el derecho a explotar actividades económicas: ese
derecho es otorgado por la habilitación, a través
de los "atributos". - Al no preexistir ningún derecho,
corresponderá a la Administración determinar
qué derechos tendrán cada uno de los operadores.
En virtud de ello, el régimen de explotación de
las actividades de telecomunicaciones sería
estatutario. - Por último, la interpretación literal
minimiza los efectos de la liberalización, pues
persistiría la ausencia de reserva legal en cuanto a las
limitaciones que puedan imponerse a la explotación de
actividades de telecomunicaciones: como se deriva del
artículo antes transcrito, los deberes
(entiéndase, cargas y limitaciones) de los operadores de
telecomunicaciones, serán impuestas por la
Administración.
Ahora bien, teniendo en consideración que la LOT
despublifica el sector de las telecomunicaciones, y que el
principio que pasa a regir es la libertad económica y la
libre competencia, el cual es uno de los valores
que, conforme el artículo 299, informa el régimen
socioeconómico de Venezuela, debe desecharse la
interpretación literal del artículo 16. En efecto,
esa norma debe interpretarse conforme el principio de libertad
económica establecido en la Constitución, el cual, insistimos, rige en
las Telecomunicaciones desde que la LOT despublificó ese
sector. Por tanto, la interpretación del artículo
16 de la LOT conforme el derecho
constitucional a la libertad económica, nos permite
aseverar que esa libertad rige en el sector de las
telecomunicaciones y que, por tanto, todas las personas tienen el
derecho preexistente a explotar cualquier actividad del sector,
siendo el único requisito para ello, la previa
habilitación administrativa, la cual no tendría
–como se desprende de la interpretación literal del
artículo comentado –efectos constitutivos sino
meramente declarativos en lo que respecta al derecho de
explotación. Debemos concluir entonces que, pese a la
errada redacción del artículo 16, la
habilitación administrativa ahí regulada no otorga
o concede ningún derecho. Priva de esa manera, un
régimen autorizatorio en un todo acorde con la libertad de
empresa.
1.2 Carácter de la
autorización.
La autorización que regula la LOT debería
ser –conforme los principios que informan la
liberalización de servicios públicos- un acto
reglado, que debe ser otorgado por CONATEL "a quienes hayan
cumplido con los requisitos y condiciones que a tales fines
establezca dicho órgano, de conformidad con esta
Ley".
Sin embargo, no queda claro en la LOT cuáles son
los requisitos que deben cumplir los interesados en obtener la
autorización, lo que menoscaba el carácter reglado
de ese acto en detrimento a los principios que han de informar la
liberalización. Incluso, es menester señalar que la
LOT en ninguno de sus artículos consagra cuáles son
los requisitos que deben concurrir para otorgar tal
autorización, por tanto, debe entenderse que ésta
deja de ser una potestad reglada. Al margen de lo anterior, y
siguiendo al profesor
Sebastian Martín-Retortillo Baquer, podemos señalar
que la autorización que prevé la LOT es operativa,
pues no sólo se limita a permitir la explotación de
una actividad, sino que además, puede imponer obligaciones
determinadas para ello (i.e.: obligaciones de servicio
público). No creemos, como señala Villar Ezcurra,
que se trate de actos cuasi contractuales, dado que la
autorización es un acto unilateral sin perjuicio de que en
su formación participe la voluntad del futuro
destinatario.
Las actividades para la cual es otorgada la
autorización, se denominan "atributos". Debe entenderse
así que el operador sólo podrá realizar
aquellas actividades para las cuales ha sido autorizado. En caso
de duda, estimamos que debe imperar el principio de
interpretación a favor de la libertad de empresa, en
virtud del cual debe entenderse que la autorización fue
otorgada para todas las actividades relacionadas con los
atributos respectivos.
1.3 Autoridad
competente.
Según dispone el artículo 16, la
habilitación y/o concesión –de ser el caso-
es otorgada por CONATEL.
1.4 Exclusiones en razón de la presencia de
inversiones
extranjeras.
El artículo 9 consagra ciertas exclusiones, al
establecer a qué personas no podrá
otorgárseles títulos habilitantes o
concesiones:
«(…) Las habilitaciones administrativas para la
prestación de servicios de telecomunicaciones, así
como las concesiones para el uso y explotación del dominio
público radioeléctrico, sólo serán
otorgadas a personas domiciliadas en el país, salvo lo que
establezcan los acuerdos o tratados
internacionales suscritos y ratificados por la
República Bolivariana de Venezuela. La
participación de la inversión
extranjera en el ámbito de las telecomunicaciones
sólo podrá limitarse en los servicios de
radiodifusión sonora y televisión
abierta, de conformidad con lo que al efecto prevean las normas legales y
reglamentarias correspondientes (…)».
La primera exclusión puede interpretarse en el
sentido que, para el otorgamiento del título o
concesión de que se trate, el solicitante deberá
actuar a través de una persona jurídica domiciliada
en Venezuela. Sin embargo, debe tenerse en cuenta que de
conformidad con el artículo 354 del Código de
Comercio, se entenderá que una empresa
extranjera está domiciliada en Venezuela cuando explote en
el territorio alguna actividad comercial. De allí que, a
los fines del mencionado artículo, bastará cumplir
con lo preceptuado en la norma del Código
de Comercio sin que en modo alguno quepa excluir del sector de
las telecomunicaciones las inversiones extranjeras.
Sí se puede por el contrario excluir determinadas
actividades de las inversiones extranjeras (televisión y radio), tal y como establecen
la Decisión 291 de la Comisión del Acuerdo de
Cartagena y el Decreto 2.095 de 25 de marzo de 1992, que regulan
el régimen de inversiones extranjeras. Será
aplicable en este sentido, además, la Ley de Promoción y Protección de
Inversiones, publicada en la Gaceta Oficial número 5.390
extraordinario de 22 de octubre de 1999, especialmente, el
parágrafo primero del artículo 7, según el
cual «mediante Ley, podrán reservarse
determinados sectores de la actividad económica, al Estado
o a inversionistas venezolanos».
2. Procedimiento
para la obtención del título
habilitante.
2.1 Formas de iniciación.
Las personas interesadas en prestar uno o más
servicios de telecomunicaciones al público o en establecer
o explotar una red de telecomunicaciones, deberán
solicitar a CONATEL la habilitación administrativa
correspondiente o la ampliación de los atributos de que
sea titular. (Cfr. artículo 25 de la LOT). Se trata
pues, de un procedimiento iniciado a instancia de parte
interesada.
2.2 Contenido de la solicitud.
El contenido de la solicitud escrita, conforme el
artículo 26, deberá contener los siguientes
requisitos formales:
- La identificación del interesado, y en su
caso, de la persona que actúe como su representante con
expresión de los nombres y apellidos, domicilio,
profesión y número de la cédula de
identidad o
pasaporte. - El tipo de actividad de telecomunicaciones para la
cual se pretende obtener la habilitación administrativa
y los atributos a ella asociados. - Descripción clara y precisa del proyecto
técnico correspondiente. - Referencia a los anexos donde se sustenta el proyecto
y el cumplimiento de las Condiciones Generales. - La dirección del lugar donde se harán
las notificaciones. El interesado, si lo tuviere, podrá
señalar una dirección de correo
electrónico en la que se podrán hacer las
notificaciones correspondientes. - Cualesquiera otras circunstancias que exijan las
normas legales o reglamentarias. - La firma de los interesados.
El artículo prevé que «el
reglamento de esta Ley podrá disponer que la solicitud se
haga mediante mecanismos electrónicos que garanticen su
seguridad, privacidad y autenticidad». Por tanto, la
solicitud debe presentarse por escrito salvo que
reglamentariamente se hubiere dispuesto lo contrario.
Quien presente la solicitud –escrita o
electrónica- deberá además, conforme el
artículo 18, declarar bajo juramento «sí
alguna persona natural o jurídica vinculada a ella presta
el mismo servicio o servicios semejantes». La LOT, como
veremos, impone severas limitaciones a las distintas
concentraciones horizontales que puedan presentarse en el sector,
en defensa del principio de libre competencia.
2.3 Subsanación.
Aplicando el principio del despacho subsanador que
informa el procedimiento administrativo, el artículo 27
prevé que «(…) si a juicio de la
Comisión Nacional de Telecomunicaciones la solicitud de
habilitación administrativa del interesado resulta oscura,
inexacta o incompleta, dictará un acto suficientemente
motivado mediante el cual ordenará al interesado corregir
los defectos de la solicitud en un lapso de quince días
hábiles contados a partir de su notificación. Si el
interesado no corrige o completa los aspectos de su solicitud que
se le hubiesen indicado en el plazo mencionado, o lo hace en
forma distinta a la señalada, la Comisión Nacional
de Telecomunicaciones dictará un acto en el cual se
declarará inadmisible la solicitud y ordenará su
archivo.»
2.4 Condiciones generales.
El artículo 20 de la LOT establece las
Condiciones Generales a las cuales deberán sujetarse los
interesados en obtener una habilitación administrativa en
materia de telecomunicaciones de conformidad con las previsiones
de esta Ley. A pesar de su nombre, se trata en realidad de
Condiciones aplicables a cada una de las distintas actividades
del sector.
Es por ello que, conforme la norma que se comenta,
CONATEL establecerá las Condiciones Generales
atendiendo «a las particularidades del tipo de redes y
servicios de que se trate, las Condiciones Generales».
En todo caso, de conformidad con los reglamentos respectivos, las
Condiciones Generales deberán estar orientadas a
garantizar, entre otros aspectos:
- El cumplimiento por parte de la persona que resulte
beneficiaria de la habilitación administrativa de los
requisitos esenciales para una adecuada prestación del
servicio, el correcto establecimiento o explotación de
una red; - Mecanismos idóneos para la
información y protección de los derechos de los
usuarios o contratante de servicios; - El adecuado acceso a los servicios por las personas
discapacitadas o con necesidades especiales; - El comportamiento competitivo de los operadores
en los mercados de telecomunicaciones; - La utilización efectiva y eficaz de la
capacidad numérica; - Los derechos y obligaciones en materia de
interconexión de redes y la interoperabilidad de los
servicios, así como los demás requisitos
técnicos y de calidad que se establezcan; - La sujeción a las normas ambientales, de
ordenación del territorio y urbanismo;
8. El respeto a las
normas sobre Servicio Universal, a las medidas adoptadas por
razones de interés público y, a la
protección de datos de las personas.
En nuestra opinión, la figura analizada tiene la
misma naturaleza que las denominadas Condiciones Generales de
Contratación, dado que son actos que establecen el
contenido general de los títulos habilitantes, aplicables
a sus destinatarios sólo en la medida en que hayan sido
incorporados al título correspondiente. A través de
esas condiciones se garantiza el derecho a la igualdad, al
regularse el contenido general de todos los títulos
habilitantes. Cada uno de esos títulos, a su vez,
podrá contener condiciones especiales.
El principio de seguridad jurídica exige que la
modificación de esas Condiciones se realice de manera
clara y predecible. Por ello, el artículo 22 dispone que
«(…) la modificación de las Condiciones
Generales de las habilitaciones administrativas por parte de la
Comisión Nacional de Telecomunicaciones, se hará
con previa consulta pública, según el mecanismo que
establezca el reglamento respectivo.
Cuando se modifiquen las Condiciones Generales, la
Comisión Nacional de Telecomunicaciones establecerá
un plazo razonable de adaptación para los habilitados
preexistentes, quienes deberán ajustarse a los nuevos
requerimientos en el plazo establecido, so pena de
aplicación de las sanciones que establezca la ley
(…)».
2.5 Supuestos en los que no procede el título
habilitante.
El artículo 23 de la LOT prevé que no se
requerirá de concesión ni habilitación
administrativa en los casos siguientes:
- Cuando se trate de equipos de seguridad o
intercomunicación que sin conexión a redes
públicas y sin utilizar el dominio público
radioeléctrico, se utilicen dentro de un inmueble o para
servir a determinados inmuebles. - Cuando se trate de equipos que, a pesar de utilizar
porciones del espectro radioeléctrico, hayan sido
calificados de uso libre por la Comisión Nacional de
Telecomunicaciones. - Cuando se trate de equipos o redes de
telecomunicaciones de órganos de la República, de
los estados o de los municipios, cuando tales actividades se
hagan para la satisfacción de sus necesidades
comunicacionales, sin que medie contraprestación
económica de terceros ni se haga uso del dominio
público radioeléctrico. - Cuando se trate de servicios que utilicen como
soporte redes, enlaces o sistemas de telecomunicaciones, con el
objeto de ofrecer facilidades adicionales a las definidas como
atributos de las habilitaciones administrativas, aplicando a
estas facilidades procesos que
hagan posibles la disponibilidad de información, la
actuación sobre estos o la interacción con el sistema. Quedan
exceptuados los proveedores
del servicios de
Internet.
Igualmente, prevé la norma que
«(…)mediante reglamento podrá establecerse los
casos y modalidades en que los supuestos previstos en el presente
artículo requerirán la notificación a la
Comisión Nacional de Telecomunicaciones o el registro previo
del proyecto respectivo(((…)». La realización
de actividades con obligación de notificación es
una limitación al principio constitucional de libertad que
como tal es de reserva legal. De nuevo, la LOT deslegaliza
materias que por afectar el desarrollo de libertad fundamentales,
son materia de reserva legal. Sin embargo, la aplicación
práctica de estos supuestos se reconduce, generalmente, a
la explotación de actividades de telecomunicaciones sin
fines de lucro.
2.6 Lapso para decidir. Solicitud de
información.
CONATEL dispondrá -según el
artículo 28- de un lapso de cuarenta y cinco (45)
días continuos, contados desde el recibo de la solicitud,
para dictar la Resolución en la que se determine si la
solicitud cumple o no con los requisitos de forma y de fondo
previstos en esta Ley, sus reglamentos y las Condiciones
Generales.
Dicho lapso podrá prorrogarse mediante acto
motivado, sólo por una vez, hasta por quince (15)
días continuos. Durante el lapso que tiene para decidir,
CONATEL podrá solicitar al interesado la
información que considere pertinente a los efectos de
evaluar la solicitud.
Debemos reiterar que la LOT no consagra cuáles
son los requisitos de fondo para otorgar la habilitación
correspondiente, por lo que tales presupuestos
–necesarios para explotar actividades de
telecomunicaciones- serán precisados en actos de rango
sub-legal, lo que acentúa la deslegalización en la
que incurre la nueva Ley.
2.7 Decisión. Silencio administrativo.
Decaimiento .
Cuando CONATEL determine que se han cumplido los
requisitos y condiciones establecidos en la ley y los
reglamentos, otorgará mediante acto motivado la
habilitación administrativa correspondiente o la
ampliación de sus atributos, según el caso.
Resaltamos de nuevo que en la práctica, la
habilitación será otorgada conforme los
parámetros que se establezcan en actos sub-legales, pues
la Ley nada dispuso sobre los requisitos de fondo necesarios para
otorgar tal acto. Sin embargo, cumplidos esos requisitos,
CONATEL deberá otorgar la respectiva
habilitación, conforme dispone el artículo
comentado. Esto es, se trata de un acto autorizatorio reglado, lo
cual sin embargo pierde importancia, ante la
indeterminación de los supuestos de procedencia de la
habilitación (Cfr.: artículo 29).
La habilitación, en los términos
expuestos, es un acto de efectos particulares. Sin embargo,
conforme el artículo 17, las leyes y
reglamentos podrán establecer otros tipos distintos de
habilitación administrativa. Podría así
suceder –como se regulaba en el Proyecto elaborado por
CONATEL- que se estableciesen habilitaciones generales,
simplificando el procedimiento administrativo previo a su
otorgamiento. Si CONATEL determina que el interesado no cumple
con los extremos requeridos, dictará un acto motivado en
el cual se declarará improcedente la solicitud,
dándose por concluido el procedimiento. Tal acto, como
aclara la norma que se comenta -artículo 30 de la LOT- se
notificará al interesado. Otra de las formas de
terminación del procedimiento es a través del
silencio administrativo, dado que, vencidos los plazos antes
indicados sin que CONATEL decida, se entenderá negada la
solicitud (Cfr. artículo 31 de la LOT). Dentro de los
modos anormales de terminación del procedimiento, la LOT
regula la caducidad o perención del procedimiento. En este
sentido, señala la Ley que si el procedimiento llegase a
paralizarse por causas imputables al interesado por más de
quince días hábiles contados desde la
notificación que se le haga advirtiéndosele tal
situación, se tendrá por desistida la solicitud y
se ordenará el archivo del expediente (Cfr.
artículo 32 de la LOT).
2.8 Tramitación abreviada.
En todo caso, debe tenerse en cuenta que los plazos
antes indicados podrán reducirse de conformidad con lo
pautado en el artículo 33 de la LOT, según el cual,
CONATEL podrá decidir mediante acto motivado abreviar el
procedimiento ordinario, atendiendo a la naturaleza temporal del
servicio que se solicite y a la urgencia con que se requiera
prestarlo de conformidad con lo que establezca el reglamento
de esta Ley. En el acto de apertura del procedimiento se
establecerá con toda precisión el procedimiento
sumario.
2.9 Contenido del título habilitante.
Carácter temporal .
Conforme el artículo 19, toda habilitación
administrativa deberá contener además de los
extremos requeridos por Ley Orgánica de Procedimientos
Administrativos, por lo menos los siguientes requisitos
formales:
- El tipo de habilitación administrativa de
que se trate y los atributos que confiere; - La determinación de las
características de las redes y de los servicios; su
zona de cobertura y cronograma de implantación,
así como las modalidades de acceso a ellos y distribución de los porcentajes de
cobertura mínima uniforme dentro de la zona que le
corresponda, si fuere el caso de conformidad con la
reglamentación respectiva; - El tiempo durante el cual se otorga;
- Una remisión expresa a las Condiciones
Generales de las habilitaciones administrativas aplicables
que haya establecido CONATEL, de conformidad con la ley y los
reglamentos, con expresión del número y fecha
de la Gaceta Oficial de su publicación.
Tal y como se deriva del numeral 3 antes transcrito, las
habilitaciones administrativas son temporales, lo que debe
concatenarse con lo dispuesto en el artículo 21 de la LOT,
según el cual «la duración de las
habilitaciones administrativas no podrá exceder de
veinticinco años; pudiendo ser renovada por iguales
períodos siempre que su titular haya cumplido con las
disposiciones previstas en esta Ley, en sus reglamentos, en las
Condiciones Generales establecidas por CONATEL y en la
habilitación respectiva.» Si el otorgamiento del
título habilitante es una potestad reglada, la
prórroga de ese título también
debería ser reglada y no discrecional como se indica en el
artículo comentado. Además, es necesario precisar,
taxativamente, en qué supuestos proceda la
prórroga, y en qué supuestos ésta
será improcedente, dado el silencio que guarda la LOT al
respecto.
CONCESIONES EN
MATERIA DE TELECOMUNICACIONES EN VENEZUELA.
Con el objeto de generar confianza a los inversionistas,
la Ley de telecomunicaciones establece mecanismos expeditos,
públicos y reglados para el otorgamiento de las
habilitaciones administrativas y concesiones.
Las habilitaciones administrativas se otorgarán
sólo a personas naturales o jurídicas domiciliadas
en Venezuela para el establecimiento y explotación de
redes y la prestación de los servicios de
telecomunicaciones, las cuales tendrán una duración
máxima de 25 años, pudiendo ser renovadas por
períodos iguales. Las concesiones otorgan un derecho
intuitu personae (no transferible) por tiempo limitado, para usar
y explotar una porción determinada del espectro
radioeléctrico, como bien de dominio público, por
lo tanto éste se requerirá únicamente cuando
se haga uso del mismo.
Las concesiones pueden ser otorgadas mediante oferta
pública o adjudicación directa. El procedimiento de
oferta pública incluye una fase de precalificación
y una de selección,
que se realizará bajo las modalidades de subasta o en
función
de la satisfacción de mejores condiciones. Las concesiones
para el uso y explotación del espectro
radioeléctrico en materia de radiodifusión y
televisión abierta deberán ser otorgadas a
través de adjudicación directa. Esta Ley le
atribuye a CONATEL la administración, control y
regulación del recurso limitado de numeración, por
medio del cual establece lineamientos precisos tanto para la
Comisión como para los operadores de servicios de
telecomunicaciones.
EL MERCADO DE LAS
TELECOMUNICACIONES EN VENEZUELA.
Venezuela tardó casi 10 años planteando
una propuesta de reforma que permitiera la entrada de
inversionistas privados al negocio de las telecomunicaciones
mediante 14 proyectos de ley;
sin embargo, ninguno de ellos llegó al Congreso para su
primera discusión. Finalmente, en mayo de 2000, se
determinó que a partir del 28 de noviembre los venezolanos
tendrían una Ley Orgánica de
Telecomunicaciones.
La entrada en vigencia de la Ley Orgánica de
Telecomunicaciones (publicada en la Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela No. 36.970, de fecha 12
de junio del año 2000), se encuentra con el siguiente
panorama: de cada 100 hogares venezolanos sólo 11 tienen
acceso a la telefonía básica y de cada 100
habitantes cuatro tienen acceso a internet. Venezuela es el
país líder con respecto a la penetración en
telefonía móvil con un índice de casi 16 por
ciento (la telefonía básica está 2,6 por
ciento por debajo). 550 mil suscriptores tienen televisión
por suscripción. La facturación estimada para el
año 2000 es de 200 millones de dólares. La
penetración de este servicio basada en la cantidad de
hogares nacionales supera 12 por ciento, y con respecto a la
cantidad de hogares activados está entre 45 y 50 por
ciento (Revista
Dinero, agosto
2000: p. 12, 26). Ya se cuentan 26 mil venezolanos, según
VENAMCHAM, como la mano de obra capacitada generada por el
sector. Una población de 23,8 millones de habitantes es
usuaria de 3,5 millones de líneas de telefonía
básica. Significa que el índice de
penetración del servicio estaría en el orden de
14,7 por ciento (REVISTA PRODUCTO, mayo
2000: p.61). Pero a esta cifra el ente regulador aplica una
corrección asociada a 100 mil líneas perdidas,
aproximadamente. En tal sentido, el índice de
penetración queda reducido a 13,4 por ciento (ver cuadro
n° 2).
En contraste, la densidad del servicio frente a la
población mundial escala a 17,5 por
ciento, en un universo de
habitantes que incluye desde países industrializados hasta
las naciones más desprotegidas. Es decir, Venezuela
está 4,1 puntos porcentuales por debajo del promedio
mundial en penetración de telefonía básica.
Naciones industrializadas observan un indicador mínimo de
30 puntos. Para situar al país en la franja mundial
deberán instalarse al menos 619 mil líneas nuevas.
Y si se ambiciona alcanzar el índice fijado por la
Comisión Nacional de Telecomunicaciones, CONATEL, en el
Plan Nacional del sector, que es 20 por ciento, el esfuerzo
tendrá que apuntar a poco más de 1,3 millones. Este
es el bocado que atrae a las nuevas operadoras de
telefonía básica, que podrán entrar a
pelearse el mercado a partir del 27 de noviembre de 2000, cuando
se da inicio a la finalización del monopolio que ostentaba
CANTV en tal segmento.
Cuadro N° 2.
TELEFONIA BASICA/INDICE DE COBERTURA
NUMERO DE LINEAS POR CADA 100 HABITANTES.
VENEZUELA.
INDICADORES | 1995 | 1996 | 1997 | 1998 | 1999 |
POBLACION TOTAL | 21.844.496 | 22.311.094 | 22.777.152 | 23.242.435 | 23.706.711 |
Indice Total | 11,28% | 11,95% | 12,31% | 10,83% | 10,42% |
Residenciales | 1.672.952 | 1.829.167 | 1.963.087 | 1.852.760 | 1.840.310 |
Variación Interanual | 5,28% | 9,34% | 7,32% | -5,62% | -0,67% |
Indice Residencial | 7,66% | 8,20% | 8,62% | 7,97% | 7,76% |
No Residenciales | 790.213 | 837.678 | 840.890 | 664.460 | 630.446 |
Indice No Residencial | 3,62% | 3,75% | 3,69% | 2,86% | 2,66% |
Fuentes: CANTV, OCEI.
En fila se preparan la operadora de telefonía
móvil celular, TELCEL, con ambiciones de lograr de 20 a 25
por ciento del mercado de telefonía fija sólo para
empezar, y empresas de TV por cable que apuestan a expandir su
radio de acción
otorgándole mayores usos –además de
telefonía básica, servicios de internet y
transmisión de datos– a sus respectivas redes de
fibra
óptica. Para el ente regulador, la apertura del sector
de telecomunicaciones deberá alcanzar las siguientes metas
inmediatas para la incorporación de Venezuela a la
sociedad del conocimiento:
- 75 por ciento de la población que hoy
está al margen de la telefonía básica
deberá comenzar a tener acceso al servicio - El índice de penetración en
telefonía básica está comprometido a
llegar a 20 por ciento en 3 años. - 80 por ciento del país accederá al
menos a 1 servicio de telecomunicaciones. - Las inversiones en el sector sumarán 10
millardos de dólares en los próximos 5
años. - El aporte al fisco rebasará los 1,5 millardos
de dólares. - El acceso a Internet deberá permear al menos a
15 por ciento de la población. - En 6 años, 50 por ciento de las transacciones
del ciudadano con el Estado se harán vía
Internet. - En 12 años, 80 por ciento de los servicios de
telecomunicaciones deberán tener al menos 70 por ciento
de aprobación por parte de los abonados. - 10 por ciento de la canasta básica
tendrá que ser el tope del gasto promedio de los
ciudadanos para disfrutar de los servicios. - 100 mil sitios web con contenidos nacionales
deberá haber en el mediano plazo. - 500 empresas exitosas deberán sumarse como
mínimo a la avalancha de los negocios
electrónicos.
Cuadro N° 3.
ESTADISTICA DE TELECOMUNICACIONES
VENEZUELA (1996 – 1999)
CONCEPTO | 1996 | 1997 | 1998 | 1999 |
ABONADOS CLIENTES RESIDENCIALES | 2.531.025 | 2.702.709 | 2.793.675 | 2.598.415 |
TELEFONOS PUBLICOS | 56.409 | 70.012 | 75.097 | 80.033 |
ABONADOS TELEFONÍA | 499.116 | 1.102.948 | 2.005.803 | 3.750.209 |
TELCEL | ||||
ABONADOS PREPAGADOS | … | 308.901 | 894.990 | 2.242.163 |
ABONADOS DE CREDITO | … | 419.172 | 471.706 | 326.773 |
TOTAL | 315.000 | 728.073 | 1.366.696 | 2.568.936 |
MOVILNET | ||||
ABONADOS DE CREDITO | … | 279.011 | 371.347 | 314.933 |
ABONADOS PREPAGO | … | 95.864 | 267.760 | 866.340 |
TOTAL | 184.116 | 374.875 | 639.107 | 1.181.273 |
TOTAL TELCEL Y MOVILNET | 499.116 | 1.102.948 | 2.005.803 | 3.750.209 |
Fuente: CANTV, TELCEL, MOVILNET * Octubre 98
En Venezuela, no es sino hasta 1991, a partir del
proceso de
privatización de la Compañía
Nacional de Teléfonos de Venezuela (CANTV), de capital
estatal, cuando se produce un ensanchamiento realmente detonante
del mercado de las Tecnologías de Información y
comunicación (TIT) con impacto en el desarrollo de las
Industrias
Culturales. Con la reestructuración de las empresas
del Estado, aplicada en el programa de ajustes económicos
del Gobierno Nacional (1989-1993), se propuso la
privatización de las empresas públicas, como
programa prioritario de la reforma.
Después de un arduo proceso de
información, persuasión y negociación con los trabajadores de la
compañía, la opinión
pública y sectores del Congreso Nacional el 15 de
noviembre de 1991 se llevó a cabo la licitación
para la colocación del 40% de las acciones de la
CANTV y se adelantó la venta del 11% de
las acciones de la empresa a los trabajadores. Las acciones
culminaron con la aprobación del contrato de
concesión por la Comisión Bicameral especial del
Congreso Nacional, con una duración de 25 años,
período de exclusividad considerado necesario y suficiente
para el desarrollo de la red de telefonía
básica.
Antes de que CANTV realizara la oferta pública de
acciones en 1997, la composición accionaria que
mantenía desde su privatización en 1991 asignaba
una participación de 49 por ciento al Estado, 11 por
ciento a empleados y jubilados, y 40 por ciento al consorcio
inversionista VENWORLD (ver gráfico N° 7). En este
último GTE posee 57,8 por ciento; Telefónica de
España
16 por ciento; Electricidad de
Caracas, 16 por ciento; Grupo
Mercantil, 5,2 por ciento, y AT&T International, 5 por
ciento. A partir de la venta de las acciones del Estado en el
mercado bursátil en 1997, 41,8 por ciento quedó en
manos de los nuevos inversionistas; 13 por ciento empleados y
jubilados; 5,2 por ciento es propiedad del
Estado, y VENWORLD preserva su 40 por ciento.Del porcentaje de
acciones que se lanzó al mercado de
capitales, sólo 6 por ciento está en el mercado
local. El resto está repartido en las Bolsas de Valores
internacionales. En paralelo, GTE adquirió otro 6 por
ciento de la oferta pública de acciones y ha hecho
compras
posteriores, que se suma a lo que posee en VENWORLD.
Gráfico N° 7.
Composición accionaria de CANTV.
Para ver el gráfico seleccione la
opción "Descargar" del menú superior
El fin del régimen de concurrencia limitada que
reserva a CANTV el monopolio de los últimos tres servicios
de telecomunicaciones aún no permeados por una competencia
feroz: telefonía básica fija, larga distancia
nacional e internacional, encuentra a la telefónica con
las siguientes fortalezas (Revista Dinero, agosto 2000:
p.26):
- Clientes: más de 2 millones 500 mil clientes
en servicio. - Inversión: 500 millones de dólares para
el año 2000, 160 millones de dólares
(Movilnet). - Facturación anual: 1.715.530 millones de
bolívares. - Identificación de llamadas, llamadas en
conferencia,
servicios de transferencia de números, 800
avanzado. - Cantv.Net expandió su capacidad de ancho de
banda internacional, lo cual facilita las aplicaciones multimedia,
aumenta la transmisión de datos a través de
tráfico entrante y saliente. - Se contempla un plan de prepago en el servicio de
telefonía local, destinado a clientes de bajo poder
adquisitivo. - Acceso Banda Ancha
(ABA) para obtener mayores velocidades de conexión a la
internet a comercios, empresas y hogares con acceso las 24
horas del día a internet y correo electrónico con
tarifas que pueden oscilar entre 49 mil y 567 mil
bolívares. - MOVILNET, filial de CANTV, ofrece el acceso
inalámbrico a la red ("Tun-tun.com" es un portal
móvil personalizado) basado en el reconocimiento de la
voz y en la conversión de texto a voz,
también permite a los usuarios escuchar sus correos
electrónicos y responderlos oralmente. - La estructura
contempla seis unidades de negocios independientes concentradas
en nichos específicos: Sector
Público, Grandes Clientes (donde la cartera de
usuarios incluye a las 250 mayores organizaciones
del país), Clientes Comerciales (con unos 200 mil
usuarios), Telefonía Compartida, Interconexión, y
Mercado Masivo. - Incluso abre un nuevo flanco de
diversificación hacia el suministro de video en demanda.
Pero, por reglas de juego, CANTV
deberá esperar 5 años para poder ofrecer algo que
se parezca a TV por cable. - Y si parte de la población desasistida (que
integra la carnada apetitosa para los nuevos operadores)
está en zonas geográficas de difícil
acceso o baja densidad, CANTV tiene como táctica para
defender su presencia el despliegue de Centros de
Comunicación Comunitarios. Suman 1.226 y este año
completarán 2 mil. De ellos, hay 345 en poblaciones
rurales.
De acuerdo a las proyecciones de IDC (International Data
Corporation) el tamaño o valor del
mercado de Tecnología
de la Información y Telecomunicaciones (TIT) suman
3.854 millones de dólares para 1998 generando alrededor de
45.000 puestos de trabajo, con una inversión de 1.400
millones de dólares en Telecomunicaciones en 1998
(Computación Global, Enero 1999: 8). En los
últimos siete años las inversiones en sector de
Telecomunicaciones sobrepasaron los 6.000 millones de
dólares y 390 millones de dólares se han cancelado
al Fisco por impuesto desde
1991 hasta 1998, según estimaciones de la Cámara de
Empresas de Servicios de Telecomunicaciones (CASETEL). Las
expectativas en torno al negocio
de las telecomunicaciones han cobrado un auge ajustado a las
ventajas ofrecidas por la legendaria ubicación
geográfica del país que facilita el acceso a nuevos
avances
tecnológicos, programas de entrenamiento y
soporte técnico. Actualmente funcionan bajo
concesión 692 servicios de telecomunicaciones (ver cuadro
N° 4); nuevas habilitaciones (anteriormente conocidas como
concesiones) serán entregadas a partir del proceso de
apertura del sector de las telecomunicaciones el 27 de Noviembre
de 2000: la de los sistemas Local Multipoint Distribution Systems
(LMDS, es una tecnología de banda
ancha revolucionaria que transformó el mundo de las
comunicaciones. Las empresas ofrecerán a través de
ésta, videoconferencias tan reales que parecerá
estar presente en el mismo sitio) y Wireless Local
Loop (WLL, es un sistema de comunicaciones inalámbrico
para telefonía fija, de características similares a
las del servicio básico que se ha utilizado hasta ahora.
Para conectarse, una vez que está disponible, el usuario
sólo debe afiliarse en un establecimiento autorizado,
comprar su aparato y enchufarlo en su casa).
Para el primer semestre de 2001, CONATEL tiene pautado
entregar las porciones de espectro para telefonía celular
de tercera generación, cuyo atributo es la
transmisión cabal de Internet. Es la corriente que
permitirá transmitir información de voz, data y
video a través de celulares. El suscriptor podrá
navegar en el menú de servicios a través de una
micropantalla parecida a la de un televisor. Hasta ahora se
conoce la segunda generación que permite el acceso a
Internet y a otros servicios.
En 1999, las empresas del sector de telecomunicaciones
estiman facturar cerca de 3.000 millones de dólares, lo
que representa más de 3% del PIB y una
contribución de más de 5% de los ingresos fiscales
totales del país. Asimismo, para el año 99 se
prevén inversiones en el orden de los 700 y 1.500 millones
de dólares (ver cuadro N° 5), y para el 2000 la suma
asciende a 2.000 millones de dólares, montos que
serán colocados principalmente en telefonía
básica, móvil y servicios de valor agregado. Para
el próximo decenio se estima un mercado potencial con
facturación adicional por el orden de los 4.500 millones
de dólares, para una inversión total en
infraestructura de telecomunicaciones superior a 8.000 millones
de dólares (CONAPRI, Venezuela, Febrero 1999: p.5). Los
pronósticos en los próximos tres
años apuestan a un crecimiento de 18 a 22 por ciento (4,5
PIB).
Antes de la privatización de CANTV la
inversión anual era de 40 millones de dólares.
Luego del pase a manos privadas de 40 por ciento de las acciones
se ha invertido más de 5.500 millones de dólares y
se ha logrado la presencia de más de 60 operadoras cuyos
índices de penetración por servicio se encuentran
en 13 por ciento para telefonía básica, 5 por
ciento para telefonía celular y 0,25 por ciento para
diversos tipos de usuarios de Internet, entre otros. Los aportes
al Fisco nacional promediaron en los últimos ocho
años alrededor de 4.500 millones de dólares. Desde
entonces, el sector telecomunicaciones conjuntamente con las
industrias
culturales se han convertido en el segundo sector productivo del
país, sólo superado por el sector
petrolero.
Cuadro N° 4.
Concesiones y permisos otorgados. Período
1994-1999
Para ver el gráfico seleccione la
opción "Descargar" del menú superior
Fuentes: Comisión Nacional de Telecomunicaciones
(CONATEL).
Cuadro N° 5.
COMISION NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES
Crecimiento Del Sector Telecomunicaciones
Inversiones 1995 – 1999. En
bolívares/Precios
Corrientes.
AÑOS | 1995 | 1996 | 1997 | 1998 | 1999 * |
Inversiones | |||||
Red Básica | 52.420.213.000 | 112.937.400.000 | 169.528.183.770 | 238.556.851.200 | 216.398.500.000 |
Telefonía Móvil Celular | 26.839.924.906 | 54.998.729.596 | 73.745.916.831 | 306.364.929.120 | 340.028.244.873 |
Redes Privadas | 367.924.857 | 1.630.082.538 | 3.922.404.000 | 1.973.470.465 | 2.508.652.334 |
Valor Agregado | 2.473.306.727 | 1.793.336.673 | 87.277.412.509 | 30.514.685.303 | 39.861.811.495 |
Redes de Datos | 446.494.164 | 453.813.000 | 1.592.227.000 | 830.844.721 | 958.961.574 |
Trunking | 1.025.420.000 | 863.890.000 | … | 944.655.000 | 602.848.333 |
Radio | 174.375.000 | 127.612.870 | 223.245.750 | 175.077.873 | 175.312.164 |
Tv. Comercial | … | … | 981.300.000 | 637.845.000 | 539.715.000 |
Tv. por Suscripción | 1.254.815.000 | 687.910.000 | 785.545.000 | 909.423.333 | 794.292.778 |
Paging | 3.192.987.984 | 3.831.585.581 | … | 2.341.524.522 | 2.057.703.368 |
Servicio de Satélites | … | 238.120.000 | 32.300.000.000 | 16.269.060.000 | 16.269.060.000 |
Permisos | … | … | 5.851.560.000 | 5.851.560.000 | 3.901.040.000 |
Telefonía rural | … | … | 12.315.315.000 | 8.004.954.750 | 6.773.423.250 |
INVERSION TOTAL | 88.195.461.638 | 177.562.480.258 | 388.523.109.860 | 613.374.881.287 | 630.869.565.169 |
… No Disponible. La paridad cambiaría utilizada
fue de Bs. 546.86 por US$. (1998). La paridad cambiaría
utilizada fue de Bs. 611 por US$. (1999). * Cifras en
revisión
Fuentes: CONATEL
La penetración mundial de la telefonía
celular es de 8,3 por ciento. Venezuela exhibe un índice
de casi 16 por ciento (2,6 puntos por encima del índice de
la telefonía básica), para un liderazgo en América
Latina. Aunque la expansión en el número de
líneas de telefonía básica ha sido de 87 por
ciento a ocho años de la privatización de CANTV, el
crecimiento más explosivo se ha registrado en áreas
de negocios como la telefonía celular provista por
MOVILNET y los servicios de Internet suministrados por Cantv Net,
que en 1999 incrementaron su universo de clientes en 85 y 78 por
ciento, respectivamente.
Cuadro N° 6.
Telefonía Móvil Celular
Población – Inversión – Usuarios.
1995 – 1999
| AÑOS | ||||
INDICADORES | 1995 | 1996 | 1997 | 1998 | 1999 |
Población | 21.844.496 | 22.311.094 | 22.777.152 | 23.242.435 | 23.706.711 |
Inversión Bs. * | 26,84 | 55,00 | 73,75 | 306,36 | 340,03 |
Usuarios | 389.758 | 499.116 | 1.102.948 | 2.005.803 | 3.750.209 |
Inv / Población ** | 1228,68 | 2.465,00 | 3.237,71 | 13.181,28 | 14.343,12 |
Inv / Usuario *** | 68.863,05 | 110.192,00 | 66.862,55 | 152.739,29 | 90.669,15 |
Fuentes: TELCEL – MOVILNET – OCEI. *Millardos de
Bolívares. ** Bolívares por Hab. ***
Bolívares por Usuario
Cuadro N° 7.
Telefonía Móvil Celular
Usuarios & Población Total. 1995 –
1999
| 1995 | 1996 | 1997 | 1998 | 1999 |
POBLACION | 21.844.496 | 22.311.094 | 22.777.152 | 23.242.435 | 23.706.711 |
USUARIOS | 389.758 | 499.116 | 1.102.948 | 2.005.803 | 3.750.209 |
PORCENTAJE | 1,78% | 2,24% | 4,84% | 8,63% | 15,82% |
Fuentes: MOVILNET, TELCEL, OCI.
Cuadro N° 8.
Telefonía Móvil Celular
Usuarios & Población Activa. 1995 –
1999
| 1995 | 1996 | 1997 | 1998 | 1999 |
POBLACION | 13.042.435 | 13.396.986 | 13.756.946 | 14.122.134 | 14.492.351 |
USUARIOS | 389.758 | 499.116 | 1.102.948 | 2.005.803 | 3.750.209 |
PORCENTAJE | 2,99% | 3,73% | 8,02% | 14,20% | 25,88% |
Fuentes: MOVILNET, TELCEL, OCI.
El inicio del proceso de apertura de las
telecomunicaciones en Venezuela, encuentra a las operadoras de
servicios móviles celulares, con las siguientes fortalezas
(Revista Dinero, agosto 2000: p.26):
TELCEL
- Clientes: 3 millones y medio en un
año - Inversión: 50 millones de dólares
(telefonía básica), 5 millones de dólares
(wap). - Para ofrecer telefonía básica y acceso
a Internet usará transmisión inalámbrica
WLL (Wireless Local Loop en la red), fibra óptica, microondas,
LDMS, o una combinación de las tres. - Tarifa plana para navegación por
Internet. - Tarifas competitivas (LDI entre 30 a 50 por ciento
menores a las del mercado actual). - Navegación por Internet vía celular
(wap).
DIGITEL
- Clientes: 72 mil (telefonía
celular). - Facturación: 200 millones (610 millones de
dólares en 10 años). - Inversión: 610 millones de dólares en
10 años. - Telefonía básica y telefonía
móvil (si DIGITEL compra las compañías
GSM INFONET
–con 200 mil abonados en telefonía básica y
una inversión de 80 millones de dólares por este
concepto– y ELCA, garantizará la cobertura
nacional). - La tecnología GSM permite ofrecer el servicio
de roaming automático –hace la conexión sin
necesidad de notificar a su proveedor de servicios–
nacional e internacional sin cargos adicionales con más
de 120 países.
CONATEL aspira garantizar el acceso a las
telecomunicaciones de por lo menos 80% de la población
rural; asegurar el servicio de telefonía básica a
4,5% de la población; e instalar teléfonos
públicos en 500 poblados. Existen actualmente cerca de 17
mil localidades con menos de cinco mil habitantes con una
población que llega a casi cuatro millones de personas, de
las cuales apenas están atendidas 1% de la
población. (CONAPRI, Venezuela, Febrero 1999:
p.21).
Cuadro N° 9.
Telefonía Rural Poblaciones Y Localidades. REGION
I.
ENTIDAD | LOCALIDADES RURALES | POBLACION | TELEFONOS HASTA 1996 | TELEFONOS 1997-2000 | ||
BASICOS | PUBLICOS | BASICOS | PUBLICOS | |||
APURE | 824 | 137.670 | 1.549 | 169 | 6.195 | 678 |
BARINAS | 893 | 191.206 | 2.151 | 182 | 8.604 | 728 |
LARA | 1.747 | 321.140 | 3.613 | 352 | 14.451 | 1.407 |
MERIDA | 1.255 | 221.761 | 2.495 | 253 | 9.979 | 1.012 |
PORTUGUESA | 916 | 243.267 | 2.737 | 187 | 10.947 | 747 |
TACHIRA | 1.481 | 308.920 | 3.475 | 298 | 13.901 | 1.191 |
TRUJILLO | 1.283 | 226.821 | 2.552 | 260 | 10.207 | 1.040 |
ZULIA | 1.783 | 349.269 | 3.929 | 358 | 15.717 | 1.430 |
TOTAL | 10.182 | 2.000.054 | 22.501 | 2.059 | 90.001 | 8.233 |
Fuentes: CONATEL
Cuadro N° 10.
Telefonía Rural Poblaciones Y Localidades. REGION
II.
ENTIDAD | LOCALIDADES RURALES | POBLACION | TELEFONOS HASTA 1996 | TELEFONOS 1997-2000 | ||
BASICOS | PUBLICOS | BASICOS | PUBLICOS | |||
ARAGUA | 360 | 79.010 | 889 | 76 | 3.555 | 304 |
CARABOBO | 287 | 64.799 | 729 | 61 | 2.916 | 245 |
COJEDES | 357 | 67.059 | 754 | 75 | 3.018 | 302 |
DTTO. FEDERAL | 133 | 39.585 | 445 | 31 | 1.781 | 122 |
FALCON | 1.605 | 255.319 | 2.872 | 322 | 11.489 | 1.288 |
GUARICO | 1.256 | 138.807 | 1.562 | 255 | 6.246 | 1.022 |
MIRANDA | 636 | 166.119 | 1.869 | 130 | 7.475 | 522 |
YARACUY | 576 | 130.316 | 1.466 | 118 | 5.864 | 474 |
TOTAL | 5.210 | 941.014 | 10.586 | 1.068 | 42.344 | 4.279 |
Fuentes: CONATEL
Cuadro N° 11.
Telefonía Rural Poblaciones Y Localidades. REGION
III.
ENTIDAD | LOCALIDADES RURALES | POBLACION | TELEFONOS HASTA 1996 | TELEFONOS 1997-2000 | ||
BASICOS | PUBLICOS | BASICOS | PUBLICOS | |||
AMAZONAS | 231 | 20.891 | 236 | 46 | 944 | 185 |
ANZOATEGUI | 1.089 | 152.724 | 1.718 | 221 | 6.876 | 886 |
BOLIVAR | 715 | 137.726 | 1.549 | 146 | 6.198 | 585 |
DELTA AMACURO | 425 | 44.368 | 499 | 90 | 1.997 | 359 |
MONAGAS | 671 | 183.543 | 2.065 | 136 | 8.259 | 543 |
NUEVA ESPARTA | 45 | 56.072 | 631 | 12 | 2.523 | 50 |
SUCRE | 1.064 | 269.067 | 3.027 | 214 | 12.108 | 858 |
DEPENDENCIAS FEDERALES | 2 | 80 | 1 | 1 | 4 | 4 |
TOTAL | 4.242 | 864.471 | 9.726 | 866 | 38.909 | 3.470 |
Fuentes: CONATEL
Tras la desregulación total de las
telecomunicaciones, la TV por cable será una vía
favorita para operar servicios integrados. El potencial es tal,
que algunas empresas internacionales quieren entrar a competir en
telefonía básica y servicios integrados por medio
de esta modalidad. Alternativa que le estará vedada a
Cantv por los próximos cinco años, por aquello de
no desmontar un monopolio para erigir otro nuevo. Aunque desde
hace algunos años la
televisión por suscripción tenía cierta
presencia en el país, no es sino en esta década
cuando la llegada de la fibra óptica trajo el mundo a
miles de hogares venezolanos. Cinéfilos, amantes del
deporte,
víctimas de la moda,
faranduleros y todo tipo de adictos a la información
instantánea, tienen con este servicio acceso a la realidad
mundial. Es por eso que Venezuela cuenta con el índice de
crecimiento más elevado de Latinoamérica (30% interanual). Para 1998,
el número de suscriptores se estimaba en unos 600.000 y se
esperaba incorporar durante 1999, otros 200.000 clientes. Hoy
cuatro empresas lideran el mercado: SuperCable,
Omnivisión, InterCable y Cablevisión, seguidas por
una treintena de empresas menores, según la Cámara
Venezolana de Televisión por Suscripción.
Mención aparte merece Direct TV, que transmite una
señal satelital, pues su servicio se diferencia tanto en
la oferta de canales, como en las tarifas -son bastante mayores-.
Durante sus dos primeros años de existencia, esta empresa
que pertenece a la
Organización Cisneros, logró captar 28% del
mercado, cerrando 1998 con unos 160 mil suscriptores, siendo sus
planes inmediatos inmiscuirse en servicios de home banking e
información.
Cuadro N° 12.
Televisión por suscripción en Venezuela.
1998-2010.
Para ver el gráfico seleccione la
opción "Descargar" del menú superior
(1)Venezuela: Estimaciones y proyecciones de
población 1950-2035. OCEI-CELADE. 1995.
(2) El promedio por habitantes por hogar es 5.04 en las
44 principales ciudades del país.
(3) Estimado de Hogares con TV: 93%. (Fuente: Datos
IR)
(4) UCAB. Investigación sobre la pobreza en
Venezuela. 1999. Luis Pedro España, Coordinador de la
Investigación. El estudio determinó que la
estratificación social en Venezuela es: Estrato A (2,0%);
Estrato B (11,1%); Estrato C (30,6%);Estrato D (40,5%); Estrato E
(13,9%). Partimos de la hipótesis de que habrá una alta
movilidad social en el lapso 2000-2010, producto de las altas
tasas de crecimiento
económico, diversificación económica y
una mejor distribución del ingreso.
(5) Se toma como base el estudio de Cambridge Management
Consulting Group, Informe sobre el
Mercado de Productos y
Servicios de Telecomunicaciones en Venezuela, 1991. El estudio
supuso que para 1990 el 60% del estrato social D sería
demandante de servicios de telecomunicaciones y que para el
año 2000 se incrementaría a 83% del estrato su
participación en la demanda de servicios. Partimos de esta
hipótesis
proyectada en el lapso 1998-2010, y asumimos que en 1999 los
potenciales demandantes serían el 60% de dicho estrato,
esto en consideración del prolongado deterioro
socioeconómico (y político) de la década de
los 90y la profundización de la recesión en los
últimos años que habrían impactado
negativamente en la capacidad de demanda de servicios por la
reducción del ingreso real.
(6) El mercado potencial II es la suma de los estratos
A, B, C y D+, susceptible de demandar servicio de
telecomunicaciones.
(7) Hogares pasados significa los hogares cercanos a las
redes de las empresas de Tv por suscripción y que en forma
inmediata se les puede suplir los servicios de ser demandados por
éstos.
(8) Señala el total de clientes o suscriptores
del año 1998 y la proyección estimada hasta el
año 2010.
(9) Indica el nivel de penetración sobre el
estimado de hogares con TV.
(10) Indica el nivel de penetración a nivel de
los estratos A, B, C y D+.
Un problema que enfrenta este sector, es el surgimiento
de "piratas" que ofrecen aparentemente el mismo servicio por unas
tarifas bastantes inferiores. CAVETESU estima que en el
país existen 1.2 millones de potenciales suscriptores
cuyos hogares cuentan con conexión, pero que no reciben el
servicio. De allí que para el 2000 se espera contar con
1.000.000 de clientes; cifra que ascenderá a 1.300.000
para el 2001. El negocio de la Televisión por
suscripción en Venezuela, oscila en unos 250 millones de
bolívares al mes, que al cambio actual se traduce en unos
56 millones de dólares anuales (27 mil millones de
bolívares al año). Para 1997, según cifras
de la Cámara Venezolana de la Televisión por
Suscripción (CAVETESU), las inversiones están por
el orden de los 250 millones de dólares y tienen previsto
invertir mil millones de dólares antes del año
2000.
En los últimos cuatro años las inversiones
de las empresas de televisión por suscripción han
rondado 500 millones de dólares, con miras a participar en
el negocio de la telefonía básica y otros servicios
interactivos de valor agregado. Se estima una penetración
aproximada de 15,5 por ciento, en función del
número de hogares existentes en Venezuela, según
estadísticas de la Cámara Venezolana
de la Televisión por Suscripción (CAVETESU). Se
proyecta que este servicio incremente su penetración a 25
por ciento en los próximos dos años, aunque
seguirá muy por debajo de países como Argentina,
donde la penetración es mayor a 50 por ciento de los
hogares, o Estados Unidos,
donde supera 65 por ciento. En el campo de la televisión
por cable, en los últimos dos años se ha producido
un proceso de concentración y desarrollo que ha dejado
prácticamente en manos de sólo tres
compañías el manejo de todo el mercado nacional. Se
trata de SUPERCABLE, CABLETEL E INTERCABLE. Por lo que respecta a
los servicios de microonda, que a finales de 1997 parecían
en fase de extinción, CABLEVISIÓN es la
dueña del segmento con un franco proceso de
recuperación. La televisión vía
satélite llega a los hogares venezolanos gracias a
Directv, empresa encargada de distribuir la programación organizada por Galaxy
Entertainment Venezuela y Latinoamérica. SUPERCABLE
(televisión vía fibra óptica).
- Clientes: 200 mil suscriptores (350 mil usuarios en
tres años). - Inversión: 100 millones de dólares en
tres años. - La red bidireccional: video en demanda, juegos
interactivos, música
digital e Internet, y está preparando su red para
ofrecer también telefonía básica y acceso
a Internet
DIRECTV (televisión vía
satélite)
- Clientes: 160 mil suscriptores.
- Inversión: más de 60 millones de
dólares. - 140 canales, menú interactivo que
facilitará servicios de banca,
videojuegos,
clima,
guía de programación ampliada, comercio
electrónico, educación
a distancia, servicios de teletexto, publicidad
interactiva, entre otros.
VENINFOTEL
- Inversión: 250 millones de dólares en
seis años. - CABLETEL (televisión por red de anillo de
fibra óptica). - Clientes: 130 mil clientes activos.
- NET 1: valor agregado y redes privadas.
- Clientes: más 100 clientes corporativos (Net
1). - Desde hace un año ofrece Internet vía
cable a 2.000 suscriptores (tarifa plana 40 mil
bolívares promedio), transmisión de voz, datos y
videos a redes privadas. La telefonía básica (en
período de prueba) vendrá en variados paquetes
tarifarios (incluso tarifa plana) y servicios
agregados.
Durante 1996, los países de América Latina
originaron cargos por 3 mil 147 millones de dólares en
Derechos de
Autor para las diferentes productoras cinematográficas
que comercializan en la región, según cifras
liberadas por la Motion Picture Association (MPA) a partir de un
estudio de
mercado finalizado en mayo de 1997. Esta cifra representa en
su totalidad el pago de derechos por la exhibición en
salas de cine, venta y
alquiler de videocintas y la televisión comercial
tradicional. Pero el porcentaje de la televisión por
suscripción es mínimo y todavía no es
representativo de la realidad de este mercado. Las cifras
correspondientes a la actividad desarrollada durante 1997
muestran una variación de 68%, hasta ubicarse en 5 mil 300
millones de dólares. El aporte de la televisión por
cable y vía satélite es mayor al registrado en
1996. A este incremento contribuye el crecimiento en el
número de operadoras de TV cerrada, el aumento en la
demanda de este tipo de servicios y los avances por minimizar el
impacto de la piratería y el robo de señales.
La última investigación
de mercado realizada por la Motion Picture Association
arrojó que en 1996 la televisión por
suscripción aportó 8% del total de las
regalías por obras cinematográficas difundidas y
comercializadas en Latinoamérica. Pero en 1998 las tasas
canceladas por los servicios de TV pagada representaron entre 33%
y 38% de los derechos totales cancelados en la región.
Venezuela con una densidad poblacional moderada, ocupó el
cuarto lugar en el pago de regalías con 7% del
total.
El segmento de televisión por cable,
generó en 1996, 51% de las regalías por derechos
cinematográficos pagados en el país., le siguen en
importancia la televisión comercial abierta que
aportó 33% del total. Con relación a Internet,
crecimiento acelerado es la expresión que mejor define a
este mercado; sin duda el gran fenómeno comunicacional de
esta década. Pasar de menos de 50.000 usuarios en 1996 a
600.000 en el 2002, es el reto que tiene las empresas del sector,
y están luchando con mejores ofertas tarifarias y
facilidades tecnológicas en función de lograr la
mayor parte de este pastel que cada día se hace más
grande. Hay 27 empresas registradas en esta área de
negocio, que lideran Compuserve, T-Net y Cantv-Servicios; sin
embargo, nombres como Etheron, Eniac y C-Com están
reduciendo el espacio de los primeros.
Cantv-Servicios y T-Net están desarrollando
estrategias
destinadas a consolidar el segmento de clientes residenciales, el
cual según datos de IDC-Venezuela, representa el 47% del
mercado total para 1998. Sin embargo, el sector que seguramente
registrará una expansión mayor es el de grandes
empresas, el cual pasará a concentrar el 18% del mercado
en 1998, a un 21% en 1999. Etheron, Compuserve, C-Com y Eniac
están diseñando nuevos paquetes de
suscripción corporativa, enfocados al comercio en red. El
comercio electrónico será en el que se
apoyará el crecimiento del sector. De hecho, se estima que
para el año 2000, se transarán 330.000 millones de
$ en mercancías a través de la red. Ante esta
jugosa oportunidad, 8 empresas locales -Compuserve, TrueVision,
Eniac, IBM, C-Com, Omnes, T-Net y Cantv-Servicios- han emprendido
procesos de transformación para ofrecer mayor valor
agregado, valiéndose de asociaciones estratégicas.
Asimismo, las empresas periodísticas tradicionales y
algunas inmobiliarias evalúan sinergias para competir en
este nuevo negocio.
Por supuesto, si bien es cierto que Venezuela ocupa el
cuarto lugar en inversiones en teconología de
información y telecomunicaciones en América Latina,
después de México, Brasil y Argentina, es
importante destacar como apunta Migdalia Pineda de Alcázar
(Junio 1999, en Revista Latina de Comunicación
Social) que las nuevas formas de socialización factibles de realizar a
través de estas redes tienden a aumentar los
desequilibrios por zonas, individuos y grupos
sociales. Para 1997 Venezuela tenía 128,3
líneas por cada 1.000 habitantes, posición superior
a Brasil que tiene 115,6 líneas, a México que
cuenta con 94,2 e India que
posee 17,9. No obstante, sigue siendo baja en comparación
con los parámetros de los países más
avanzados en esta área tecnológica; todavía
persisten fuertes desequilibrios entre la telefonía
básica y la de valor agregado y, entre la urbana y la
rural (PINEDA DE ALCÁZAR, Migdalia. Junio
1999).
La globalización que afecta a la generalidad
de las actividades económicas tiene, también,
reflejo en el sector de las industrias culturales y de la
comunicación. Grandes grupos transnacionales se
constituyen en dominadores de la oferta y comercialización
de buena parte de las mercancías culturales de los
países latinoamericanos, mientras la dinámica empresarial que se ha instaurado
en los últimos años convierte a estas
últimas en origen y destino de amplios movimientos de
capital (compra, fusiones,
absorciones) y empresas con altas tasas de beneficio.
Así mismo, si no queremos renunciar a las zonas
claves del desarrollo cultural, tanto tradicionales como
modernas; desistir a la producción electrónica y
audiovisual de los circuitos
culturales -en los que se registra la mayor
transnacionalización y desterritorialización de las
culturas nacionales y locales- en un tiempo de
globalización e interculturalidad, de coproducciones
identitarias e hibridaciones multinacionales, al menos es
imprescindible intentar explicar las condiciones en que surgen
las transformaciones que se nos avecinan en lo que respecta a los
agentes, instituciones, articulaciones y
procesos relacionados con la puesta en valor de una sociedad de
la información y del conocimiento.
Ha habido un repunte en las telecomunicaciones a partir
de 1991, el año de la apertura: antes de 1996 se
habían invertido más de 3.5 mil millones de
dólares, ahora hay muchas operadoras de telecomunicaciones
diferentes a la CANTV, se han instalado gran cantidad de
líneas telefónicas digitales, ha aumentado el
número de empleos producto de la actividad de
telecomunicaciones, cada vez aumenta el número de
suscriptores de la telefonía celular, etc..
No obstante aún queda mucho por hacer,,
inconvenientes por superar; pero el área de las
telecomunicaciones está creciendo y la brecha que hay en
cuanto a la utilización de la tecnología de punta
cada vez se hace menor, no así a la creación de
tecnologías donde todavía el camino es muy
largo.
Einstein Alejandro Morales Galito
Página anterior | Volver al principio del trabajo | Página siguiente |